ACUERDO por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025).

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025).

La contratación pública ecológica es una importante herramienta para el logro de las políticas medioambientales relacionadas con el cambio climático, la utilización de los recursos y la producción y el consumo sostenibles.

En este sentido, el Plan de Contratación Pública Ecológica responde a la necesidad de incorporar criterios ecológicos en la contratación pública, lo que permitirá a las Administraciones Públicas, en el desarrollo de su actividad, fomentar y contribuir a los objetivos de sostenibilidad económica y medioambiental.

El Plan es un marco de referencia para la contratación de las Administraciones Públicas, incorpora criterios ecológicos de la Unión Europea y puede servir también como modelo en otros tipos de contratos privados.

El Plan, que resulta de aplicación a la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, define qué se entiende por contratación pública ecológica y establece una serie de objetivos como el fomento de la adquisición por la administración pública de bienes, obras y servicios con el menor impacto medioambiental, un uso más racional y económico de los fondos públicos, o la promoción de cláusulas medioambientales en la contratación pública.

Por otra parte, determina un grupo de 20 bienes, obras y servicios prioritarios, de acuerdo con los criterios de contratación ecológica de la Unión Europea, entre los que destacan la construcción y gestión de edificios, la construcción y el mantenimiento de carreteras, suministro de electricidad, los equipos de impresión y ordenadores, productos y servicios de limpieza, sistemas de climatización y el transporte.

Asimismo, recoge una serie de criterios medioambientales generales de contratación, de carácter voluntario, que podrán ser incorporados a los pliegos de contratación como criterios de selección, de adjudicación, especificaciones técnicas y condiciones especiales de ejecución.

La vigencia del Plan es de 7 años, sin perjuicio de que se pueda proceder a su revisión y actualización.

http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2018/refc20181207.aspx#contratos